
Derecho de Familia
Pension de alimentos: fijacion, revision y reclamacion
Subirla, bajarla o cobrarla. Las tres cosas tienen procedimiento propio.
Como trabajamos con usted
- Primera valoracion de su caso
- Presupuesto antes de empezar
- Atencion presencial y online
- Trato directo con el abogado
La pension de alimentos no es una cifra inamovible: se fija segun las circunstancias del momento y puede revisarse cuando esas circunstancias cambian de forma sustancial y duradera. Lo que no cabe es dejar de pagarla por decision propia.
Tres situaciones distintas, tres soluciones distintas
La primera es la fijacion inicial, dentro del divorcio o del procedimiento de medidas. Aqui todo depende de acreditar necesidades reales y capacidad economica de cada progenitor.
La segunda es la modificacion. La ley permite revisar la pension cuando cambian las circunstancias que se tuvieron en cuenta, pero exige que el cambio sea relevante, duradero e imprevisto. Perder el empleo, un descenso sostenido de ingresos, el nacimiento de nuevos hijos o el aumento de necesidades del menor pueden justificarlo; un bache puntual, normalmente no. Y es esencial entender que la modificacion surte efecto desde que se solicita judicialmente, no desde que las circunstancias cambiaron: retrasar la demanda tiene coste.
La tercera es el impago. Aqui el error mas frecuente del progenitor que cobra es esperar. La deuda de alimentos se ejecuta, se embarga y, cuando el impago es reiterado, puede tener consecuencias penales. Y el error mas frecuente de quien paga es dejar de hacerlo unilateralmente porque no le dejan ver a los hijos: son obligaciones independientes, y el impago no se justifica por el incumplimiento de las visitas.
Supuestos habituales
- El progenitor obligado ha dejado de pagar, total o parcialmente.
- Los ingresos del obligado han bajado de forma sostenida.
- Los gastos del menor han aumentado significativamente.
- Discusion sobre si un gasto concreto es ordinario o extraordinario.
- El hijo ha alcanzado la mayoria de edad y se discute si la pension continua.
- El obligado tiene nuevos hijos y solicita reducir la pension anterior.
- La pension no se ha actualizado desde hace anos pese a estar previsto.
Que incluye nuestro servicio
Como podemos ayudarle
- Calculo y justificacion de la pension en el procedimiento inicial.
- Delimitacion de que gastos son ordinarios y cuales extraordinarios, la discusion mas repetida.
- Demanda de modificacion de medidas para aumentar o reducir la pension.
- Ejecucion por impago: embargo de nomina, cuentas y devoluciones tributarias.
- Reclamacion de atrasos y de los intereses correspondientes.
- Actuacion penal cuando el impago es reiterado y deliberado.
- Extincion de la pension cuando concurren los requisitos legales.
Procedimiento
Como se tramita
- 01
Revision de la resolucion vigente
Sentencia o convenio, importe, sistema de actualizacion y reparto de gastos extraordinarios.
- 02
Analisis del cambio de circunstancias
Valoramos si lo ocurrido sostiene una modificacion y con que prueba se acredita.
- 03
Requerimiento o negociacion
En ocasiones el asunto se cierra con un acuerdo homologado, mas rapido que un procedimiento completo.
- 04
Demanda
Modificacion de medidas o ejecucion por impago, segun el caso.
- 05
Ejecucion y seguimiento
Embargo de las fuentes de ingreso del obligado y control del pago futuro.
Documentacion que puede necesitar
No es imprescindible tenerlo todo para la primera consulta. Traiga lo que tenga.
- Sentencia y convenio regulador vigentes.
- Justificantes de los pagos realizados o recibidos.
- Nominas, contrato de trabajo o declaracion de la renta.
- Documentacion de la nueva situacion economica, si se pide modificacion.
- Facturas de los gastos del menor: colegio, actividades, salud.
- Comunicaciones con el otro progenitor sobre los pagos.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre pension de alimentos: fijacion, revision y reclamacion
Que puedo hacer si no me pagan la pension?
Instar la ejecucion de la sentencia. El juzgado puede embargar nomina, cuentas bancarias, devoluciones de Hacienda y otros bienes, y reclamar tambien los intereses. Si el impago es reiterado y voluntario, puede constituir ademas un delito de abandono de familia. Lo importante es no dejar acumular mensualidades sin reaccionar.
Puedo dejar de pagar si no me dejan ver a mi hijo?
No. La pension de alimentos y el regimen de visitas son obligaciones independientes: el incumplimiento de una no autoriza a incumplir la otra. Si le impiden el contacto con su hijo, la via es la ejecucion del regimen de visitas, no dejar de pagar, que solo empeorara su posicion.
Hasta cuando se paga la pension de los hijos?
No termina automaticamente con la mayoria de edad. Se mantiene mientras el hijo no sea economicamente independiente y siga formandose con aprovechamiento razonable, conviviendo en el domicilio familiar. Su extincion debe solicitarse y acreditarse, no se produce sola.
Que gastos son extraordinarios?
Los no previsibles y no periodicos: tratamientos medicos no cubiertos, ortodoncia, gafas, o determinadas actividades formativas, segun como este redactada la sentencia. Los ordinarios (alimentacion, ropa, material escolar habitual, actividades regulares) estan cubiertos por la pension mensual. Cuanto mas concreta sea la resolucion en este punto, menos conflicto genera.
Puedo pedir que me bajen la pension si he perdido el trabajo?
Puede solicitarlo, acreditando que el cambio es real, relevante y no coyuntural, y que no lo ha provocado usted voluntariamente. Es importante presentar la demanda cuanto antes: la modificacion produce efectos desde la solicitud judicial, de modo que esperar solo acumula deuda que despues habra que pagar igualmente.
Donde atendemos
Este servicio, cerca de usted
Paginas por municipio con lo que tiene de particular la demanda juridica de cada sitio.
Cuentenos que ha cambiado
Con la sentencia vigente y la situacion actual podemos decirle si procede modificar la pension o reclamar lo impagado.
Si su asunto tiene un plazo a punto de vencer, indiquelo en la descripcion o llamenos directamente: lo tratamos con prioridad.

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